Tarifas aprobadas garantizan competitividad y funcionamiento de puertos
La Autoridad Reguladora aprobó un ajuste sobre los servicios marítimos y portuarios que brinda la Junta de Administración Portuaria y de Desarrollo Económico de la Vertiente Atlántica (JAPDEVA) en los puertos de Limón y Moín.
La cifra representa un incremento ponderado de 17,34% en los ingresos totales de la institución hasta diciembre 2012. Sin embargo, hace hincapié en el desequilibrio financiero que presenta JAPDEVA y lo atribuye al crecimiento significativo de los gastos y no a una disminución en los ingresos de los servicios portuarios.
No se contó con suficiente información que justifique el incremento del gasto por remuneraciones a partir del año 2004. No obstante, se comprobó un incremento en la planilla de JAPDEVA en aproximadamente 13% para el periodo 2009-2010 y reclasificaciones salariales para la clase operativa en 2011 y 2012, que superan los ¢1200 millones de colones cada una.
La metodología considera para las tarifas por uso de infraestructura portuaria, un retorno a la inversión de un 7%, mientras que para las tarifas de carga general y contenedores, un margen de ganancia de un 15%.
Si bien se requieren inversiones para lograr la modernización portuaria, con las tarifas dadas, JAPDEVA mostraría una mejor situación financiera y mantendría precios competitivos, pues los montos aprobados regirán como precios tope y no como tarifas únicas.
Un análisis comparativo con otros puertos indica que el costo por movilizar 1.000 contenedores para el caso de JAPDEVA, sería de $190.96, mientras que para la Nueva Terminal tendría un costo de $237.
La Procuraduría General de la República interpretó, en el dictamen C-329-2011 del 22 de diciembre de 2011, que las ganancias obtenidas por la prestación de servicios portuarios se destinarán a obras para el desarrollo de la Vertiente Atlántica.
El dictamen de la PGR dice: “para cumplir la Autoridad Reguladora con la labor de fiscalización de los fondos tarifarios destinados al desarrollo de la Vertiente Atlántica, deberá solicitar a JAPDEVA los planes de inversión detallados y debidamente justificados, los cuales serán financiados con recursos tarifarios. Dichos planes deben considerar los criterios de equidad, sostenibilidad ambiental y eficiencia económica definidos en el Plan Nacional de Desarrollo de acuerdo con lo que establece el artículo 31 de la Ley 7593”. La Procuraduría advierte que los costos administrativos y de operación de JAPDEVA deben enmarcarse dentro del principio de servicio al costo.
ARESEP recomienda a JAPDEVA mejorar su gestión administrativa para mantener una relación sana entre ingresos y costos por tipo de servicio, y buscar una mayor eficiencia operativa, aprovechando su posición monopólica en el mercado portuario.
El ente Regulador solicitó conocer la ejecución de la sub-partida Indemnizaciones presupuestada para 2011 y 2012, para el pago de sentencias judiciales por demandas de trabajadores despedidos sin responsabilidad laboral; ajustes de precio en los contratos de obra para proveedores de bienes y servicio; entre otros rubros.
Además, JAPDEVA deberá presentar un informe estadístico trimestral con el detalle de unidades facturadas mensualmente para cada uno de los servicios marítimos y portuarios que se brindan en los puertos de Limón y Moín.
El monto aprobado le permitirá a JAPDEVA la continuidad de los servicios portuarios. Para los servicios de suministro de agua potable, demora grúa puente, carga RFM contenedor y carga RFM por tonelada, se mantendrá la tarifa vigente, pero se aprobó el ajuste en las siguientes tarifas:
| SERVICIO | TARIFA |
| APROBADA | |
| ATENCION NAVE PUERTO FIJO MÁS 300 TRB | 836,59 |
| SERVICIO DE LANCHA | 50,20 |
| REMOLCAJE CON 1 | 0,27 |
| REMOLCAJE CON 2 | 0,53 |
| REMOLCAJE CON 3 | 0,80 |
| MUELLAJE CARGA GENERAL | 0,97 |
| MUELLAJE CHASIS | 1,95 |
| MUELLAJE TARA CNT.FURG. | 3,90 |
| MUELLAJE VEHICULOS MENOS | 3,90 |
| MUELLAJE MAQ. Y VEHIC MAS | 19,50 |
| MUELLAJE RECOPE | 0,15 |
| E.MUELLAJE CARGA GENERAL | 0,97 |
| E.MUELLAJE CHASIS | 1,95 |
| E.MUELLAJE TARA CNT.FURG. | 3,90 |
| E.MUELLAJE VEHICULOS MENOS | 3,90 |
| E.MUELLAJE MAQ. Y VEHIC MAS | 19,50 |
| E. MUELLAJE BANANO | 0,97 |
| GRUA PUENTE | 1.316,85 |
| DEMORA CIA ESTIBADORA | 0,71 |
| CARGA Y DESCARGA | 16,98 |
| GRUA CONTENEDORES | 64,27 |
| DERECHO TRASIEGO PETROLEO Y DERIV. | 22,70 |
| DERECHO VENTA DE ALIMENTOS A BARCO | 5,67 |
| DERECHO TRASIEGO EXTRAC. DESHECHOS | 13,62 |