Tribunal confirmó potestades fiscalizadoras de ARESEP
- Rebaja en combustibles se mantuvo por seis meses
El Tribunal Contencioso Administrativo le dio la razón a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (ARESEP) en el juicio que planteó Recope en diciembre anterior en contra de la disminución de excendentes.
La Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) pretendía anular el rebajo tarifario y reconocer los daños y perjuicios dadas las diferencias tarifarias no percibidas en virtud de la disminución fijada desde setiembre por ARESEP.
Con los argumentos esbozados por ARESEP y el criterio técnico de los peritos tarifarios, el Tribunal denegó la petición de Recope y en la sentencia lo condenó a pagar las costas procesales en que incurrió ARESEP (Expediente 11-6821-1027-CA).
El Regulador General, Dennis Meléndez, opinó que “esta decisión del Tribunal Contencioso Administrativo fortalece las facultades regulatorias de ARESEP, en vista de que valida el criterio técnico que en los casos donde se presenten excedentes por razones tarifarias, sean devueltos a los usuarios”.
La devolución de excedentes de RECOPE provocó una disminución de ¢43 por litro en las gasolinas y ¢46 en el diesel, por un plazo de seis meses (entre setiembre del 2011 y marzo del 2012).
La sentencia se dictó en la tarde del martes y valida la forma en que la Autoridad Reguladora exige la presentación de la información contable por parte de las empresas reguladas. La sentencia enfatiza la potestad fiscalizadora de la ARESEP.
En total se reintegró a los usuarios aproximadamente ¢63 000 millones, periodo tras el cual deberá reestablecerse el precio acorde con los costos operativos de Recope. En todo momento, la ARESEP le garantiza a Recope el rédito para desarrollo de manera que pague la inversión, amortice deuda y mantenga el inventario de seguridad.