Imagen con fines ilustrativos.

Reproducimos la RESOLUCIÓN No ACT-OR-DR-122-2020
El MINISTERIO DE AMBIENTE Y ENERGIA, Sistema Nacional de Áreas de Conservación, a través del Área de Conservación Tempisque, a las ocho horas del día diecisiete del mes de diciembre del año dos mil veinte, dicta la presente resolución administrativa.


SE DECLARA CIERRE DE PLAYA QUESERA Y PLAYA POSA COLORADA EN EL REFUGIO NACIONAL DE VIDA SILVESTRE CURÚ DE FORMA PREVENTIVA POR NO CUMPLIR CON LOS REQUERIMIENTOS SANITARIOS NECESARIO PARA LA PREVENCION DEL CORVID 19


Resultando:

PRIMERO: Que la REFUGIO NACIONAL DE VIDA SILVESTRE CURÚ, se ubica dentro del Área de Conservación Tempisque del Sistema Nacional de Áreas de Conservación.


SEGUNDO: Que por disposición de la Ley de Biodiversidad N°7768, le corresponde al SINAC la Administración de las Áreas Silvestres Protegidas por medio de las Áreas de Conservación como unidades territoriales administrativas del país, encontrándose el REFUGIO NACIONAL DE VIDA SILVESTRE CURÚ, se ubica dentro del Área de Conservación Tempisque y por lo tanto su administración.


TERCERO- Que debido a la llegada del coronavirus COVID-19 al territorio nacional, se procedió a declarar el día 8 de marzo del 2020, la Alerta Amarilla No 09-20, por parte de la Comisión Nacional de Emergencias.
CUARTO- Debido a lo anterior, el día 9 de marzo del 2020 el señor Ministro de Ambiente y Energía nombra la Comisión para la Prevención del Coronavirus mediante oficio DM-304-2020, en adelante llamada “Comisión COVID-19”.


CONSIDERANDO:


PRIMERO: Que de conforme a la Ley de Emergencia N° 8488 y su Reglamento el SINAC y consecuentemente ACT, somos parte del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo que es la articulación integral, coordinada y armónica de los órganos, las estructuras, las relaciones funcionales, los métodos, los procedimientos y los recursos de todas las instituciones del Estado, procurando la participación del sector privado y la sociedad civil organizada en situaciones de emergencia, por lo que todo órgano y ente del Estado tiene la obligación de colaborar con la Comisión Nacional de Emergencia por medio de las instancias de coordinación que la Ley
Dirección: Nicoya, Guanacaste, costado sur Iglesia Católica www.actempisque.org TELEFAX (506)2686 49 67, 2686 49 68, 2686 49 69, 2686 49 70

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Nacional de Emergencia y Prevención del Riesgo establece, para lo cual atenderán con diligencia los proyectos de prevención en general y en particular tendrán que seguir los alineamientos establecidos en el Plan Nacional de Prevención del riesgo.


SEGUNDO: Que debido a la llegada del coronavirus COVID-19 al territorio nacional, se procedió a declarar el día 8 de marzo del 2020, la Alerta Amarilla No 09-20, por parte de la Comisión Nacional de Emergencias.
TERCERO: Que Playa Quesera y Playa Posa Colorada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Curú, las cuales no cuentan actualmente con las condiciones sanitarias mínimas para la atención de visitantes por la falta de agua potable y servicios sanitarios, indispensables para el cumplimiento de la medida sanitaria sobre el COVID – 19 y de los protocolos establecidos por el Ministerio de Salud.


CUARTO: Que permitir el turismo ingrese de manera ordinaria estando en plena pandemia CORVID 19 y permanezca dentro Playa Quesera y Playa Posa Colorada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Curú podría exponerlos innecesariamente a los riesgos de la salud, según lo indicado por el Ministerio de Salud.

QUINTO: Que mediante el ACTA – 002- 2020 para la valoración del cierre de Playa Quesera y Playa Posa Colorada realizada el día 16 de diciembre del 2020, se acuerda que es muy peligroso el ingreso de los visitantes a estos sitios, bajo las condiciones actuales, por la situación mundial, nacional y local del COVID – 19, lo cual pone en peligro la seguridad y el bienestar de las personas. Debido a los niveles altos de contagio por COVID-19 que está experimentando el país y la imposibilidad de brindar las condiciones básicas anteriormente citadas, ela comisión de manejo ha llegado al concenso de mejor cerrar estas dos playas hasta nuevo aviso e ir buscando las soluciones para que los turistas tanto nacionales como extranjeros, puedan disfrutar de estos lugares y cuenten con el acceso a servicios básicos e indispensables, como lo son el agua potable y servicios sanitarios. Además de contar con protocolos aprobados por el Ministerio de Salud. Adelina Schutt se encargará de conseguir las matriculas de las embarcaciones y buscará el nombre y los contactos de los dueños, esto para efectos de notificar los Oficios derivados de los acuerdos de la reunión.


Por tanto:

EL DIRECTOR DEL ÁREA DE CONSERVACIÓN TEMPISQUE
RESUELVE:

PRIMERO: Declarar el cierre en Playa Quesera y Playa Posa Colorada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Curú, que rige a partir del jueves 18 de diciembre del 2020, a la 8:00 am, hasta que las termine la pandemia de Corvid 19.

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y así sean apropiadas y seguras para la operación Turística en la Playa Quesera y Playa Posa.


SEGUNDO: Comunicar a todo el público en general, como a los empresarios turísticos, tour operadores, turistas y visitantes la presente resolución para que tomen las medidas del caso.


TERCERO: Se faculta a la Comisión del Plan de Manejo del Refugio Nacional de Vida Silvestre Curú para que mediante criterio técnico debidamente fundamentado y comunicado recomiende las condiciones propias para el ASP bajo su administración y determinar las condiciones de la reapertura una vez terminada la pandemia de Corvid 19 para Playa Quesera y Playa Posa Colorada del Refugio Nacional de Vida Silvestre Curú.

Firma la resolución Nelson Marín Mora, Director Regional del MINAE.

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