Contenido
I.
1.
Países autorizados y vuelos…………………………………………………………………………………………… 4 ¿La apertura es por nacionalidades o por países? ………………………………………………………… 4 ¿Cuáles son los países desde donde se recibirán vuelos comerciales? ……………………………. 4 ¿Seguirán realizándose vuelos de repatriación?…………………………………………………………… 4 ¿Puede un pasajero volar desde otro país a alguno de los países autorizados para desde ahí
2.
3.
4.
volar a Costa Rica? Por ejemplo, volar de EE.UU. a Canadá para volar a Costa Rica, o ir de Rusia a Alemania para volar a Costa Rica. ……………………………………………………………………………………… 4 5. ¿La apertura es para estas nacionales y/o residentes? Por ejemplo, ¿se le permitirá el ingreso un mexicano que viva en alguno de estos países?……………………………………………………. 5 6. ¿Qué sucede si un pasajero viaja desde alguno de estos países, pero tiene una condición migratoria irregular en ese país? ………………………………………………………………………………………. 5 7. ¿Puede un canadiense, un residente en Canadá o de cualquier otra nacionalidad, toma un vuelo hacia EE.UU. y luego hacia Costa Rica? ¿Se le permite el ingreso?………………………………… 5 8. ¿Se le permitirá el ingreso a un estadounidense que viaje a Canadá y que desde ahí vuele hacia Costa Rica?…………………………………………………………………………………………………………….. 5

  1. ¿Se reanudará la emisión de visas en los consulados de Costa Rica?………………………………. 5
  2. ¿Pueden llegar al país vuelos privados desde países autorizados con residentes de esos
    países?…………………………………………………………………………………………………………………………… 6 11. ¿Pueden llegar al país vuelos privados desde países que no estén en la lista de países autorizados? Por ejemplo, un vuelo privado desde México o EE.UU. …………………………………….. 6 12. ¿Puede un vuelo privado ingresar con pasajeros de un país no autorizado (por ejemplo, EE.UU.) luego de hacer escala en un país autorizado (por ejemplo, Canadá)? ………………………… 6 13. ¿Puede un costarricense o residente en Costa Rica contratar un vuelo privado hacia un país no autorizado? ……………………………………………………………………………………………………………….. 6 14. ¿Pueden las aerolíneas de Estados Unidos hacer servicio volando a Canadá, pernoctar en Canadá y luego salir hacia Costa Rica?……………………………………………………………………………….. 6
    II.
    1.
    Requisitos …………………………………………………………………………………………………………………… 7 ¿Cuáles son los nuevos requisitos de ingreso? …………………………………………………………….. 7 ¿Qué pasa si el pasajero no presenta los requisitos? ……………………………………………………. 7 ¿Será aceptado un seguro de viaje comprado en el país de origen?……………………………….. 7 ¿Qué sucede si ya compré un seguro de viaje en el país de origen? ……………………………….. 7 ¿Cuánto cuesta el seguro de viaje?…………………………………………………………………………….. 8 ¿A quién le demuestro que tengo un seguro de viaje? …………………………………………………. 8 ¿A quién se entrega el resultado de la prueba COVID-19? …………………………………………….. 8 ¿Los esposos de los costarricenses de otra nacionalidad requieren los requisitos: prueba
    2.
    3.
    4.
    5.
    6.
    7.
    8.
    PCR y el seguro? ……………………………………………………………………………………………………………… 8
    III. Formulario “Pase de Salud” ………………………………………………………………………………………….. 8 Página 1 de 14
    Versión: 30 de julio de 2020.
  3. ¿El Pase de Salud hace diferencia entre turistas y costarricenses/residentes en Costa Rica?8
  4. ¿Qué verá el pasajero al terminar de completar el Pase de Salud? ………………………………… 9
  5. ¿Qué sucede si el turista no completó el Pase de Salud? ………………………………………………. 9
  6. ¿Por cuánto tiempo estará guardada la información del Pase de Salud? ………………………… 9
  7. ¿El Pase de Salud se completa por persona o por núcleo familiar? ………………………………… 9
  8. Soy turista y viajo con otras personas, ¿qué pasa si yo sí completé el Pase de Salud, pero
    alguna persona de mi grupo no lo hizo? …………………………………………………………………………….. 9 7. Soy costarricenses/residente y viajo con otras personas, ¿qué pasa si yo sí completé el Pase de Salud, pero alguna persona de mi grupo no lo hizo?……………………………………………………… 10
    IV. Prueba de COVID-19…………………………………………………………………………………………………… 10 1. ¿La prueba debe de tener menos de 48 horas al momento de iniciar el vuelo o de ingresar al aeropuerto?………………………………………………………………………………………………………………. 10
  9. ¿Dónde me debo hacer la prueba? …………………………………………………………………………… 10
  10. ¿Cuál es el tipo de prueba que debo hacerme? ¿Cómo se pide la prueba? ……………………. 10
  11. ¿En qué idioma debe ser el resultado de la prueba?…………………………………………………… 10
  12. ¿Qué pasa si, por el tiempo de vuelo o conexiones, el pasajero tarda más de 48 horas en
    llegar a Costa Rica?………………………………………………………………………………………………………… 11 6. Si las pruebas de PCR-RT para COVID-19 no están disponibles en el país o región donde vivo, ¿puedo presentar una declaración médica indicando que no tengo COVID?…………………. 11
    V. 1.
    2.
  13. VI.
    Seguro de viaje ………………………………………………………………………………………………………….. 11 ¿Puedo comprar el seguro de viaje antes de llenar el Pase de Salud? …………………………… 11 ¿Dónde puedo comprar el seguro?…………………………………………………………………………… 11 ¿Cuánto cuesta el seguro? ………………………………………………………………………………………. 11
    Llegada de pasajeros ………………………………………………………………………………………………….. 11 ¿Cómo sabrá el pasajero que tiene que cumplir con nuevos requisitos?……………………….. 11 ¿Cómo debe actuar la línea aérea en casos de turistas que no han completado el
    1.
    2.
    formulario?…………………………………………………………………………………………………………………… 12
  14. ¿Tengo que usar mascarilla en el vuelo? …………………………………………………………………… 12
  15. ¿Pueden subir al avión pasajeros enfermos o con síntomas? ………………………………………. 12
  16. ¿Qué sucede con un pasajero que durante el vuelo desarrolló síntomas? …………………….. 12
    VII. Aislamiento domiciliar………………………………………………………………………………………………… 12 1. ¿Las personas que ingresen con pruebas negativas al país recibirán una orden sanitaria de aislamiento por los 14 días?……………………………………………………………………………………………. 12
  17. ¿Para quiénes aplicará la orden sanitaria de aislamiento domiciliar al ingresar al país? ….. 12
  18. ¿Cómo se hace en los casos en que la persona venga por menos de 14 días? ……………….. 13
  19. ¿Los costarricenses o residentes que vuelen directamente a Costa Rica en vuelos chárter
    especiales desde destino a los que no se ha abierto pueden hacerse la prueba COVID 48 horas antes del vuelo para no hacer el aislamiento? ………………………………………………………………….. 13
    VIII. Costarricenses y residentes en Costa Rica …………………………………………………………………….. 13 1. En el caso de los pasajeros costarricenses que viajen a los países a los que se han abierto fronteras, ¿qué sucederá cuando regresen a Costa Rica? …………………………………………………… 13 2. ¿Cuál será la dinámica con los costarricenses y residentes que regresen al país en vuelos humanitarios o de repatriación?……………………………………………………………………………………… 13
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  20. ¿El seguro de salud y la prueba negativa se pedirán también para los vuelos de repatriación que se sigan haciendo en agosto desde otros países? ¿Aplican por igual para costarricenses, residentes en Costa Rica y las excepciones de ingreso que aprueben las autoridades?………….. 13 4. ¿Pueden los costarricenses y residentes no hacer aislamiento domiciliar si presentan resultados negativos de la prueba de COVID-19?………………………………………………………………. 14
  21. ¿Qué sucede si salgo durante los días de aislamiento domiciliar? ………………………………… 14
  22. ¿Se mantendrá para los residentes en Costa Rica las condiciones de salida y reingreso que
    estaban vigentes al 1 de agosto? ¿Podría por ejemplo un residente en Costa Rica de Canadá viajar a su país y regresar a Costa Rica sin perder su residencia?…………………………………………. 14 7. A partir del 1 de agosto, ¿podrían ingresar en Costa Rica las personas con residencia permanente o temporal vigente y que salieron con posterioridad al 23 de marzo? ………………. 14
    Versión: 30 de julio de 2020.
    Página 3 de 14 I. Países autorizados y vuelos
  23. ¿La apertura es por nacionalidades o por países?
    La apertura es según países desde donde el pasajero estaría viajando.
  24. ¿Cuáles son los países desde donde se recibirán vuelos comerciales?
    A partir del 1° de agosto pueden llegar a Costa Rica vuelos comerciales con pasajeros desde los siguientes países:
    − Alemania
    − Austria
    − Bélgica
    − Canadá
    − Dinamarca
    − Eslovaquia
    − Eslovenia
    − España
    − Estonia − Finlandia − Francia − Grecia
    − Hungría − Islandia − Italia
    − Letonia
    − Liechtenstein − − Lituania
    Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte República Checa Suecia
    Suiza
    − Portugal
    Esta lista será revisada por el Ministerio de Salud cada dos semanas, y se podrán agregar o eliminar
    países según el comportamiento de la pandemia en esos lugares.
  25. ¿Seguirán realizándose vuelos de repatriación?
    Sí, los vuelos de repatriación se seguirán realizando desde cualquier otro país que no esté en la lista de países que tendrán vuelos comerciales.
  26. ¿Puede un pasajero volar desde otro país a alguno de los países autorizados para desde ahí volar a Costa Rica? Por ejemplo, volar de EE.UU. a Canadá para volar a Costa Rica, o ir de Rusia a Alemania para volar a Costa Rica.
    Sí, siempre y cuando el pasajero evidencie que los últimos 14 días antes del vuelo ha permanecido en el país al cual Costa Rica ha abierto sus fronteras. Es decir, el pasajero puede volar de Rusia a Alemania, permanecer 14 días en Alemania (o dentro de la zona Schengen) y desde ahí volar a Costa Rica. El Oficial de Migración revisará que el pasajero haya permanecido los últimos 14 días en el país al cual Costa Rica ha abierto sus fronteras, y si se determina que el pasajero sólo hizo escala, el Oficial de Migración podrá rechazar al pasajero y este tendrá que regresar a su país.
    Versión: 30 de julio de 2020.
    − Luxemburgo − Malta
    − Noruega
    − Países Bajos − Polonia
    − − −
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  27. ¿La apertura es para estas nacionales y/o residentes? Por ejemplo, ¿se le permitirá el ingreso un mexicano que viva en alguno de estos países?
    La apertura es para las personas que hayan permanecido en ese país los últimos 14 días. Es decir, permitirá el ingreso a aquellas personas, sin importar su nacionalidad, que evidencien que han permanecido en alguno de los países de la lista en los últimos 14 días y no presenten síntomas de la enfermedad (aunque vivan normalmente en otro país).
  28. ¿Qué sucede si un pasajero viaja desde alguno de estos países, pero tiene una condición migratoria irregular en ese país?
    El pasajero podrá ingresar a Costa Rica si:

7.
Cuenta con la documentación necesaria para salir de dicho país, por ejemplo, pasaporte vigente.
Cumple con los requisitos establecidos en la normativa migratoria de Costa Rica según su nacionalidad, por ejemplo, visado.
Evidencia que ha permanecido los últimos 14 días en el país al cual hemos abierto fronteras aéreas.
¿Puede un canadiense, un residente en Canadá o de cualquier otra nacionalidad, toma un vuelo hacia EE.UU. y luego hacia Costa Rica? ¿Se le permite el ingreso?
No, no se le permitiría el ingreso a ese pasajero dado que los vuelos desde EE.UU. son únicamente vuelos de repatriación, en los cuales vendrá únicamente costarricenses y residentes en Costa Rica. No es posible que el canadiense, o alguna otra nacionalidad, ingrese por esa vía dado que sería un ingreso como turista.

  1. ¿Se le permitirá el ingreso a un estadounidense que viaje a Canadá y que desde ahí vuele hacia Costa Rica?
    Se le permitiría el ingreso únicamente si puede evidenciar que ha permanecido en Canadá los 14 días previos del vuelo hacia Costa Rica. No es válido que el pasajero únicamente haga tránsito por los países autorizados para poder llegar a Costa Rica.
  2. ¿Se reanudará la emisión de visas en los consulados de Costa Rica?
    No, por el momento se mantiene la restricción general de servicios migratorios a nivel nacional e internacional, la cual está vigente hasta el 18 de septiembre. No será posible el ingreso al país de aquellas personas que requieran visa consular o especial, sólo podrán ingresar aquellos viajeros con nacionalidad del grupo I y II de las directrices de ingreso (y sus excepciones).
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  3. ¿Pueden llegar al país vuelos privados desde países autorizados con residentes de esos países?
    Sí, pueden llegar al país vuelos privados desde países autorizados en tanto los pasajeros evidencien que han permanecido en ese país los últimos 14 días. No importa si los pasajeros son residentes en ese país o no.
  4. ¿Pueden llegar al país vuelos privados desde países que no estén en la lista de países autorizados? Por ejemplo, un vuelo privado desde México o EE.UU.
    Pueden ingresar al país desde destinos no autorizados únicamente aquellos vuelos privados/charter (no comerciales) que sean vuelos de repatriación de costarricenses y residentes en Costa Rica. Por el momento no puede ingresar al país un vuelo privado desde un país al que no hayamos abierto fronteras con pasajeros que no sean costarricenses o residentes en Costa Rica.
  5. ¿Puede un vuelo privado ingresar con pasajeros de un país no autorizado (por ejemplo, EE.UU.) luego de hacer escala en un país autorizado (por ejemplo, Canadá)?
    Puede ingresar únicamente si se evidencia que los pasajeros han permanecido los últimos 14 días en el país autorizado. Esto será revisado por el Oficial de Migración, y si se determina que los pasajeros sólo hicieron escala en el país autorizado, el Oficial de Migración podrá rechazar a los pasajeros y estos tendrán que regresar a su país.
  6. ¿Puede un costarricense o residente en Costa Rica contratar un vuelo privado hacia un país no autorizado?
    Sí, un costarricense o residente en Costa Rica puede contratar un vuelo privado hacia un destino no autorizado, no hay restricciones para la salida del país en tanto estas personas no estén cumpliendo aislamiento domiciliar. Al regreso, deberán completar el Pase de Salud y recibirán una orden sanitaria para el aislamiento domiciliar.
  7. ¿Pueden las aerolíneas de Estados Unidos hacer servicio volando a Canadá, pernoctar en Canadá y luego salir hacia Costa Rica?
    Es posible hacer esto en tanto los pasajeros evidencien que han permanecido en ese país los últimos 14 días previos al viaje hacia Costa Rica.
    Versión: 30 de julio de 2020.
    Página 6 de 14 II. Requisitos
  8. ¿Cuáles son los nuevos requisitos de ingreso?
    Para los turistas son tres requisitos:
    a) un seguro de viaje que cubra gastos médicos generados por enfermedad de COVID-19 y
    gastos de alojamiento. Este seguro debe estar registrado ante la Superintendencia de
    Seguros de Costa Rica (SUGESE).
    b) Prueba negativa de COVID-19. La muestra para la prueba debe ser tomada máximo 48 horas
    antes de que el pasajero vuele hacia Costa Rica.
    c) Llenar el formulario digital llamado Pase de Salud. El formulario estará disponible en la
    dirección https://salud.go.cr
    Los costarricenses y residentes1 en Costa Rica sólo deben completar el Pase de Salud.
  9. ¿Qué pasa si el pasajero no presenta los requisitos?
    Los tres requisitos son considerados como documentos de viaje, como el pasaporte, y tienen que ser presentados por el turista para poder entrar al país. Si el turista no presenta los requisitos será rechazado por el Oficial de Migración y será devuelto a su país.
    En el caso de los costarricenses y residentes en Costa Rica, se les permitirá el ingreso al país aunque no hayan llenado el Pase de Salud. Los residentes necesariamente deben cumplir con los requisitos propios de su condición migratoria.
  10. ¿Será aceptado un seguro de viaje comprado en el país de origen?
    No, de momento únicamente será aceptado el seguro de viaje ofrecido por una aseguradora cuyo producto esté registrado ante la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica (SUGESE), y que cubra al menos gastos médicos por enfermedad de COVID-19 y gastos por alojamiento.
  11. ¿Qué sucede si ya compré un seguro de viaje en el país de origen?
    Ese seguro de viaje no estará registrado ante la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica (SUGESE), por lo que no se puede aceptar.
    1 Por residentes en Costa Rica se refiere a las personas extranjeras que cuente con permanencia migratoria regular en el país bajo las categorías migratorias de residencia permanente, residencia temporal o categoría especial, incluyendo refugio.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  12. ¿Cuánto cuesta el seguro de viaje?
    El precio de los seguros de viaje varía de acuerdo con las características del pasajero (por ejemplo, edad), la cantidad de días que estará en el país y si está comprando un seguro individual o un seguro que cubra al núcleo familiar.
  13. ¿A quién le demuestro que tengo un seguro de viaje?
    Turistas: Cuando el pasajero está completando el Pase de Salud, entrará una pregunta donde se le solicita que indique el número de póliza del seguro. Esta pregunta ofrece la opción de comprar ahí mismo el seguro, para lo cual redirecciona al pasajero al sitio web la(s) aseguradora(s) que tienen seguros de viaje registrado ante por la Superintendencia General de Seguros de Costa Rica (SUGESE) y que cumplen con las características descritas. Luego de hacer la compra, el pasajero debe digitar o copiar y pegar el número de póliza del seguro que acaba de comprar en la casilla correspondiente del Pase de Salud. Los costarricenses y residentes en Costa Rica no deben comprar el seguro de viaje.
  14. ¿A quién se entrega el resultado de la prueba COVID-19?
    Turistas: El resultado de la prueba debe ser cargado (subido) en el Pase de Salud. Cuando el pasajero llena el formulario, encontrará una pregunta donde se le solicita que cargue (suba) el resultado de la prueba. El resultado puede estar en formato PDF o puede ser una fotografía (formato JPG). Los costarricenses y residentes en Costa Rica no deben presentar la prueba.
  15. ¿Los esposos de los costarricenses de otra nacionalidad requieren los requisitos: prueba PCR y el seguro?
    Si la pareja regresa a Costa Rica en un vuelo de repatriación, a ambas personas aplican los mismos requisitos: no tendrán que presentar el seguro ni la prueba, pero sí tendrán que completar el Pase de Salud y ambos tendrán que cumplir con la orden sanitaria de aislamiento domiciliar.
    Si la pareja visita el país, pero no vive en Costa Rica (por ejemplo, esposo italiano de costarricense que vive con ella en Italia), deberá aportar los requisitos como si se tratara de un turista: completar el pase de salud, prueba COVID-19 y seguro de viaje.
    III. Formulario “Pase de Salud”
  16. ¿El Pase de Salud hace diferencia entre turistas y costarricenses/residentes en Costa Rica?
    Sí, el Pase de Salud preguntará al pasajero si “¿Vive en Costa Rica?”. Si la respuesta es no, se asume que el pasajero es un turista y abrirá las preguntas que se han construido para los turistas. Si la respuesta es sí, se asume que es un costarricenses o un residente en Costa Rica, y se abrirán las preguntas que se han construido para los costarricenses y residentes.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  17. ¿Qué verá el pasajero al terminar de completar el Pase de Salud?
    Todos los pasajeros que completen exitosamente el Pase de Salud recibirán un código QR y un código alfanúmero (compuesto por números y letras). Los turistas que no completen el Pase de Salud no obtendrán dicho código. Sin ese código el oficial de Migración no podrá buscarlos en el sistema y procederá con el rechazo del pasajero, el cual no podrá ingresar a Costa Rica.
  18. ¿Qué sucede si el turista no completó el Pase de Salud?
    Si el turista no completó el formulario, puede completarlo en el aeropuerto, pero para esto deberá comprar el seguro en línea y es indispensable que se haya hecho la prueba de COVID-19 antes de tomar el vuelo y debe tener a mano los resultados para poder completar el formulario. Si no se hizo la prueba antes de tomar el vuelo, no podrá entrar al país.
    Costarricenses y residentes en Costa Rica: si la persona no completó el formulario, puede completarlo en el aeropuerto.
  19. ¿Por cuánto tiempo estará guardada la información del Pase de Salud?
    Los datos de cada Pase de Salud no se borran. Por ejemplo, hoy se puede ingresar al ver la información completada por el primer pasajero que llenó el formulario en el mes de abril.
  20. ¿El Pase de Salud se completa por persona o por núcleo familiar?
    El Pase de Salud tiene ambas opciones: puede ser completado como núcleo familiar o puede ser completado de forma individual. Si se completa como núcleo familiar, alguna información se llena sólo una vez y aplica para todas las personas del grupo, como por ejemplo los detalles del vuelo.
  21. Soy turista y viajo con otras personas, ¿qué pasa si yo sí completé el Pase de Salud, pero alguna persona de mi grupo no lo hizo?
    La persona que no ha completado el Pase de Salud podrá hacerlo mientras está en el aeropuerto y antes de hacer el proceso migratorio, pero para esto deberá comprar el seguro en línea y es indispensable que se haya hecho la prueba de COVID-19 antes de tomar el vuelo y debe tener a mano los resultados para poder completar el formulario. Si no se hizo la prueba antes de tomar el vuelo, no podrá entrar al país: será rechazado por el Oficial de Migración y tendrá que regresar al país desde donde voló.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  22. Soy costarricenses/residente y viajo con otras personas, ¿qué pasa si yo sí completé el Pase de Salud, pero alguna persona de mi grupo no lo hizo?
    La persona que no completó el Pase de Salud podrá hacerlo mientras está en el aeropuerto.
    Si el turista no completó el formulario, puede completarlo en el aeropuerto, pero para esto deberá comprar el seguro en línea y es indispensable que se haya hecho la prueba de COVID-19 antes de tomar el vuelo y debe tener a mano los resultados para poder completar el formulario. Si no se hizo la prueba antes de tomar el vuelo, no podrá entrar al país.
    Costarricenses y residentes en Costa Rica: si la persona no completó el formulario, puede completarlo en el aeropuerto.
    IV. Prueba de COVID-19
  23. ¿La prueba debe de tener menos de 48 horas al momento de iniciar el vuelo o de ingresar al aeropuerto?
    La muestra para la prueba debe tomarse máximo 48 horas antes del vuelo hacia Costa Rica. Es decir, si el vuelo es el 5 de agosto a las 2:00 p.m., el pasajero tendría que tomarse la muestra a partir del 3 de agosto a las 2:00 p.m.
  24. ¿Dónde me debo hacer la prueba?
    La prueba debe hacerse en un laboratorio aprobado por la autoridad sanitaria del país en el que se encuentra el pasajero. Por ejemplo, si el pasajero vive en Alemania y su vuelo sale de Alemania, tendrá que presentar el resultado de la prueba por parte de un laboratorio autorizado por la autoridad sanitaria en Alemania.
  25. ¿Cuál es el tipo de prueba que debo hacerme? ¿Cómo se pide la prueba?
    La única prueba que se acepta es la prueba de reacción de cadena de polimerasa en tiempo real, llamada también PCR-RT para COVID-19. No se aceptarán como válidas los resultados de pruebas rápidas, pruebas serológicas o pruebas de inmunidad.
  26. ¿En qué idioma debe ser el resultado de la prueba?
    El resultado de la prueba se recibirá únicamente en inglés o en español.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  27. ¿Qué pasa si, por el tiempo de vuelo o conexiones, el pasajero tarda más de 48 horas en llegar a Costa Rica?
    De momento, los vuelos desde los países a los cuales se han abierto fronteras no hacen escalas en países fuera de la lista. Si ocurriese esa situación, por una eventualidad los viajeros deben mantenerse en condición de tránsito (no hacer ingreso migratorio en el país de la escala). De ser este el caso, el caso se sometería análisis para verificar lo anterior y autorizar el ingreso del pasajero.
  28. Si las pruebas de PCR-RT para COVID-19 no están disponibles en el país o región donde vivo, ¿puedo presentar una declaración médica indicando que no tengo COVID?
    No, no es válida la presentación de ningún otro documento que no sea el resultado de la prueba de PCR-RT para COVID-19.
  29. ¿Cuál es la edad mínima del viajero para cumplir el requisito de presentar prueba PCR-RT para COVID-19?
    La prueba de PCR-RT es requisito para todos los viajeros de 12 o más años.
    V. Seguro de viaje
  30. ¿Puedo comprar el seguro de viaje antes de llenar el Pase de Salud?
    Sí, puede comprar el seguro de viaje antes de llenar el Pase de Salud.
  31. ¿Dónde puedo comprar el seguro?
    El seguro de viaje que actualmente cumple con las características se puede comprar en el siguiente enlace: https://cotiza.ins-cr.com/frmDatosIncluir.aspx?P=431
  32. ¿Cuánto cuesta el seguro?
    Como en todos los seguros, el costo varía según las características del pasajero y los días de estadía en el país.
    VI. Llegada de pasajeros
  33. ¿Cómo sabrá el pasajero que tiene que cumplir con nuevos requisitos?
    El Instituto Costarricense de Turismo coordinará con las aerolíneas para que informen a sus pasajeros de los nuevos requisitos de ingreso a Costa Rica.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  34. ¿Cómo debe actuar la línea aérea en casos de turistas que no han completado el formulario?
    La línea aérea puede revisar que el turista haya completado el Pase de Salud antes de tomar el vuelo; para esto, la aerolínea puede solicitar al turista que le muestre el código QR que recibió luego de completar el formulario.
  35. ¿Tengo que usar mascarilla en el vuelo?
    Sí, todos los pasajeros (turistas, costarricenses y residentes en Costa Rica) tendrá que usar mascarilla o protector facial (careta) durante todo el vuelo, y deberán usarlo mientras se encuentren en el aeropuerto. Los pasajeros tendrán que revisar también otros requisitos definidos por la línea área.
  36. ¿Pueden subir al avión pasajeros enfermos o con síntomas?
    No, los pasajeros que tengan síntomas no deben tomar el vuelo. Las aerolíneas podrán prohibir al pasajero con síntomas de COVID-19 que suba al avión.
  37. ¿Qué sucede con un pasajero que durante el vuelo desarrolló síntomas?
    El pasajero que presente una condición que ponga en riesgo su vida será admitido por Migración al llegar a Costa Rica.
    VII. Aislamiento domiciliar
  38. ¿Las personas que ingresen con pruebas negativas al país recibirán una orden sanitaria de aislamiento por los 14 días?
    Los turistas que vuelen desde los destinos que se han abierto no recibirán orden sanitaria de aislamiento. Los costarricenses y residentes en Costa Rica que regresan al país, sin importar desde dónde vienen, no deben presentar prueba negativa de COVID ni seguro de viaje, pero sí recibirán orden sanitaria para su aislamiento domiciliar durante 14 días.
  39. ¿Para quiénes aplicará la orden sanitaria de aislamiento domiciliar al ingresar al país?
    Las órdenes sanitarias para aislamiento domiciliar se emitirá a costarricenses y residentes en Costa Rica que vengan en vuelos de repatriación; este aislamiento no se extiende a otros miembros de su familia. Si un turista es diagnosticado como positivo por COVID-19 mientras está en el país, recibirá una orden sanitaria de aislamiento.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  40. ¿Cómo se hace en los casos en que la persona venga por menos de 14 días?
    Turistas: Si durante su estadía la persona es diagnosticada como positiva por COVID-19, recibirá orden sanitaria para su aislamiento domiciliar y deberá cumplir con los 14 días. El costo de alojamiento durante los 14 días de aislamiento será cubierto con el seguro. Ningún turista que tenga orden sanitaria para su aislamiento domiciliar podrá salir del país antes de que concluyan los 14 días de aislamiento.
    Costarricenses y residentes: no podrá salir del país si no ha concluido el aislamiento domiciliar que se le dictó al ingresar al país.
  41. ¿Los costarricenses o residentes que vuelen directamente a Costa Rica en vuelos chárter especiales desde destino a los que no se ha abierto pueden hacerse la prueba COVID 48 horas antes del vuelo para no hacer el aislamiento?
    No, presentar resultados negativos de la prueba COVID-19 no exime de la realización del aislamiento domiciliar durante 14 días. El aislamiento domiciliar durante 14 días será obligatorio para todo pasajero que venga de un vuelo (comercial o privado) de un destino al que aún no hemos abierto.
    VIII. Costarricenses y residentes en Costa Rica
  42. En el caso de los pasajeros costarricenses que viajen a los países a los que se han abierto fronteras, ¿qué sucederá cuando regresen a Costa Rica?
    Los costarricenses y residentes en Costa Rica que viajen a estos países deberán completar el Pase de Salud cuando regresen. No se les pedirá prueba de COVID, ni se les pedirá que compren un seguro de viaje, pero sí se les dará una orden sanitaria para su aislamiento domiciliar durante 14 días.
  43. ¿Cuál será la dinámica con los costarricenses y residentes que regresen al país en vuelos humanitarios o de repatriación?
    Los costarricenses y residentes en Costa Rica que regresen al país en vuelos humanitarios o de repatriación deberán completar el Pase de Salud. No se les pedirá prueba de COVID, ni se les pedirá que compren un seguro de viaje, pero sí se les dará una orden sanitaria para su aislamiento domiciliar durante 14 días.
  44. ¿El seguro de salud y la prueba negativa se pedirán también para los vuelos de repatriación que se sigan haciendo en agosto desde otros países? ¿Aplican por igual para costarricenses, residentes en Costa Rica y las excepciones de ingreso que aprueben las autoridades?
    No, no se solicitará prueba ni seguro para los pasajeros de vuelos de repatriación. Sin embargo, todos los pasajeros de estos vuelos deberán cumplir con el aislamiento domiciliar durante 14 días.
    Versión: 30 de julio de 2020.
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  45. ¿Pueden los costarricenses y residentes no hacer aislamiento domiciliar si presentan resultados negativos de la prueba de COVID-19?
    No. Todos los costarricenses y residentes en Costa Rica que regresen al país necesariamente tendrán que cumplir con la orden sanitaria para el aislamiento domiciliar. Si lo desean, pueden realizar una prueba de COVID-19, pero igualmente tendrán que completar el aislamiento domiciliar, aunque el resultado sea negativo.
  46. ¿Qué sucede si salgo durante los días de aislamiento domiciliar?
    De conformidad con el artículo 378 de la Ley General de Salud, al omiso en el cumplimiento de las órdenes sanitarias o de medidas sanitarias especiales o generales dictadas por las Autoridades de Salud, se le aplicará una multa fija de un salario base. Tratándose de medidas sanitarias que ordenen el aislamiento de personas la multa se incrementará a tres o cinco salarios base, según lo dispuso la Ley No. 9837 del 3 de abril del 2020. El salario base corresponde actualmente a la suma de ¢464.300,00.
  47. ¿Se mantendrá para los residentes en Costa Rica las condiciones de salida y reingreso que estaban vigentes al 1 de agosto? ¿Podría por ejemplo un residente en Costa Rica de Canadá viajar a su país y regresar a Costa Rica sin perder su residencia?
    Todas las personas que son residentes permanentes y o residentes temporales en Costa Rica, que presenten su DIMEX vigente (residencia activa), pueden ingresar al país siempre y cuando su ingreso sea por vía aérea desde alguno de los destinos autorizados, y en tanto hayan permanecido en ese país por al menos 14 días. No podrán ingresar a Costa Rica por la vía terrestre ni por la vía marítima.
  48. A partir del 1 de agosto, ¿podrían ingresar en Costa Rica las personas con residencia permanente o temporal vigente y que salieron con posterioridad al 23 de marzo?

Todas las personas que son residentes permanentes y o residentes temporales en Costa Rica, que presenten su DIMEX vigente (residencia activa), pueden ingresar al país siempre y cuando su ingreso sea por vía aérea desde alguno de los destinos autorizados, y en tanto hayan permanecido en ese país por al menos 14 días. No podrán ingresar a Costa Rica por la vía terrestre ni por la vía marítima.

Versión: 30 de julio de 2020.
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