Caso en Hospital de Nicoya enciende alerta ante capacidades de los centros médicos para su adecuada y oportuna atención en las diferentes regiones del país.

*Además la Defensoría pedirá cuentas de lo sucedido con una madre y su bebé en Nicoya y dará seguimiento a la atención que se ofrece en el Hospital de Puntarenas, donde fue trasladada la niña.

Miércoles 10 de enero del 2024. Para la Defensoría de los Habitantes se presenta como un tema de obligatoria intervención el investigar la capacidad resolutiva que tienen los centros de atención en salud en la especialidad de gineco-obstetricia de las diferentes regiones del país para atender los casos de alta complejidad, donde la salud de la mujer embarazada y de sus bebés pueden estar en condición de riesgo, al momento del parto.  No se descarta que lo ocurrido en el Hospital La Anexión, en Nicoya, podría ser un reflejo de un problema estructural.

Preocupa a la Defensoría de los Habitantes las limitaciones para recibir atención de calidad que tienen las mujeres embarazadas, particularmente en los hospitales periféricos, al enfrentar casos de alto riesgo en el momento del parto, como el que motivó la situación actual y cuyas redes de servicios de atención registran una presunta saturación de los mismos.   Situaciones como la presente, podrían estar generando barreras de acceso, condiciones de exclusión y desigualdades violatorias de los derechos humanos entre las mujeres gestantes de la Gran Área Metropolitana y de las zonas rurales del país. Resulta demandante, por tanto, diagnosticar las condiciones de prestación de los servicios, los recursos disponibles y la articulación que existe en las redes para la atención de la población. 

Desde el 2014 a la fecha, la Defensoría ha atendido un total de 300 quejas -entre consultas e investigaciones- relacionadas con violencia obstétrica. Entre las situaciones expuestas se encuentran: falta de atención médica, maltratos verbales, falta de información, de acompañamiento, violaciones al derecho a la intimidad, trato humillante y degradante, utilización de técnicas obsoletas, falta de equipo médico, falta de atención oportuna y eficaz de las emergencias obstétricas, entre otras.

Todas estas acciones y omisiones de parte del personal de salud son un trato deshumanizado y discriminatorio que constituyen graves violaciones a la dignidad y a los derechos humanos de las mujeres y de sus bebés.

Desde el año 2015 la Defensoría de los Habitantes ha emitido informes con recomendaciones dirigidos a las autoridades de la CCSS y a las direcciones hospitalarias, a partir de las investigaciones efectuadas para atender las denuncias por situaciones que se identifican como violencia obstétrica. Este tipo de violencia refiere a la atención irrespetuosa, ofensiva y negligente en los servicios de salud gineco obstétrica, incluyendo el proceso de atención del embarazo, el parto y el post parto, que pone en riesgo el derecho a la vida, a la salud, a la integridad y a la no discriminación de las mujeres.

Los casos de violencia obstétrica comprobados describen situaciones de humillación, maltrato verbal, procedimientos médicos sin consentimiento, culpabilización, violación al derecho al acompañamiento, incumplimiento del consentimiento informado, negativa a administrar analgésicos durante procedimientos dolorosos o u otros procedimientos, así como violencias estructurales visibles en el rechazo en la admisión en centros de salud, incluso en casos de emergencia, incumplimiento de los protocolos de atención durante el parto y para la prestación de servicios adecuados para las mujeres y sus bebés.

Las acciones institucionales del Estado han generado algunos avances en materia de legislación así como revisión y adecuación de normativas internas. Ejemplo de ello es la aprobación de la Ley N° 9824 que reforma la Ley General de Salud para proteger a las mujeres embarazadas antes, durante y después del parto. Esta norma reconoce que todas las mujeres deben recibir una atención médica integral, oportuna y respetuosa de su condición, en forma equitativa, periódica y con enfoque de riesgo, sin someterlas a ninguna forma de violencia gineco-obstétrica. Dicha ley también reconoce el derecho que tienen las mujeres a recibir información clara sobre su condición y la de su bebé, además de mantener el apego posparto con el bebé, que es el derecho del niño o niña a un desarrollo integral desde la primera infancia. En el año 2023 se revisó y actualizó la normativa, con el fin de generar un modelo de atención calificada en el embarazo, parto y post parto. 

Como todos los niños y las niñas, la bebé del caso del Hospital de la Anexión, tuvo y tiene el derecho a la atención médica del más alto nivel y a recibir el auxilio requerido según su condición de salud y desde la óptica de la vulnerabilidad y el riesgo para su vida. Es inaceptable que la atención médica de urgencia en Costa Rica para cualquier ser humano 

y, particularmente para las y los neonatos, se vea condicionada por el lugar del nacimiento, y que sus oportunidades de sobrevivencia dependan de esta circunstancia.

En seguimiento al caso denunciado públicamente por una madre el día de ayer, personal de la Defensoría de los Habitantes conversó esta mañana con la paciente. 

A partir lo acontecido, la Defensoría seguirá tres líneas de investigación: 

  1. ¿Estamos ante una situación de violencia gineco-obstétrica?
  2. Seguimiento a la evolución de la salud de la madre y del bebé
  3. Carencias del sistema de salud que propician dificultades para la atención en salud fuera de la Gran Area Metropolitana

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