Mujer embarazada. Foto Ángel Vargas, cortesía para Mi Prensa.

“La atención de las mujeres en estado de embarazo debe ser equitativa, preventiva, periódica y con enfoque de riesgo, sin someterlas a ninguna forma de violencia gineco-obstétrica...

Asamblea Legislativa, San José, 13 de noviembre de 2019.

“El año pasado presenté el proyecto de ley número 21.062, que busca reformar el artículo 12 de la Ley General de Salud número 5395 del 30 de octubre de 1973 y sus reformas, para proteger a la mujer embarazada, antes, durante y después del parto”, indicó la legisladora Aida María Montiel Héctor.

Según datos de la última Encuesta de Mujer, Niñez y Adolescencia 2018 (EMNA), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC), Ministerio de Salud y Unicef, un 58% de las mujeres entre 15 y 49 años que dieron a luz en los últimos dos años, fueron víctimas de violencia obstétrica.

Esta forma de violencia en contra de las mujeres se traduce en acciones como la no atención oportuna y eficaz de las emergencias obstétricas; disponer de su cuerpo al aplicarles medicamentos y usar técnicas de aceleración del parto sin su consentimiento; la práctica de cesáreas existiendo condiciones para el parto vaginal; procedimientos que no deben ser rutinarios sino excepcionales. Asimismo, intervenciones médicas innecesarias tales como la episiotomía comúnmente llamado “piquete”, monitoreos fetales y edemas como prácticas de rutina.

La violencia obstétrica incorpora a su vez el trato deshumanizado, grosero, la discriminación y la humillación como regaños, burlas insultos, culpabilización en el proceso de parto en el que se le indica a la mujer que es su responsabilidad si el bebé presenta algún problema de salud; violación al respeto a la dignidad humana al utilizarse a las mujeres como recurso didáctico sin su consentimiento.

Por estas razones, presenté a la corriente legislativa el proyecto de ley para reformar el artículo 12 de la Ley General de Salud, con la finalidad de proteger a la mujer embarazada, antes, durante y después del parto. Como su nombre lo indica, es un proyecto simple en su formulación, pero extenso en su aplicación práctica, toda vez que amplía el contenido del artículo 12 de la Ley General de Salud, para reconocer y garantizar la protección de las mujeres en estado de embarazo, cuando sean sometidas a procedimientos de salud, especialmente ginecológicos, antes, durante y después del parto, mediante una atención médica y administrativa integral, oportuna y respetuosa de su condición.

Para tales efectos, la atención de las mujeres en estado de embarazo debe ser equitativa, preventiva, periódica y con enfoque de riesgo, sin someterlas a ninguna forma de violencia gineco-obstétrica, según las definiciones y modalidades que se establezcan mediante reglamento. Este proyecto de ley fue dictaminado afirmativamente por la Comisión de la Mujer, y espero que pronto sea aprobado por este Plenario Legislativo, para dar un apoyo muy importante a cientos de mujeres que acuden diariamente a los hospitales y clínicas para recibir atención médica ginecológica en todo el territorio nacional.

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