Medidas se ampliarán por una semana con el fin de disminuir el número de contagios en el país.

Los supermercados, minisúper, pulperías y licoreras deberán cerrar a las 9:00 pm.

Se prorrogan los aforos diferenciados en actividades académicas y empresariales, salones de eventos sociales, lugares de culto, bares, entre otros.

Ampliar hasta el 6 de junio la restricción vehicular sanitaria por placas entre semana y los aforos diferenciados en ciertas actividades y establecimientos así como implementar un ajuste en el horario de los supermercados, minisúper, pulperías y licoreras son las medidas tomadas por el Gobierno para continuar con la disminución del contagio del SARS-CoV-2. 

Así lo anunciaron, este viernes 28 de mayo, en conferencia de prensa el ministro de Salud, Daniel Salas; el presidente de la Comisión Nacional de Emergencias (CNE), Alexander Solís; y el gerente médico de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Mario Ruiz.

Durante los próximos 7 días, se amplía, la restricción vehicular sanitaria por placas impares y pares, en días alternos, de 5:00 a.m. a 9:00 p.m, por lo que continuará hasta el 6 de junio. 

Se permitirá el tránsito vehicular según el número final de la respectiva placa de circulación:

Lunes 

31

1,3,5,7,9

Martes 01

0,2,4,6,8

Miércoles 02

1,3,5,7,9

Jueves 03

0,2,4,6,8

Viernes 04

1,3,5,7,9

Sábado 05

0,2,4,6,8

Domingo 06

1,3,5,7,9

Recuerde que si usted necesita circular en su vehículo en horarios o día con restricción sanitaria, la medida cuenta con 20excepciones, que puede consultar en el sitio web presidencia.go.cr/alertas. Ver comunicado sobre el tema.

Es importante indicar que se prorroga hasta el 6 de junio de 2021 la excepción para los vehículos de las personas que requieran trasladarse con ocasión de la realización de la prueba de manejo, debidamente acreditada con el comprobante de matrícula emitido por el sistema de citas de la Dirección General de Educación Vial.

El transporte público (buses y trenes) podrá funcionar con normalidad, sin personas de pie.

Regulación de establecimientos

Las reglas de funcionamiento que rigen para ciertos establecimientos entre el 31 de mayo y el 6 de junio son: • Los supermercados, minisúper, pulperías y licoreras deberán ajustarse al horario de funcionamiento de 5:00 am a 9:00 pm.• Se prorrogan los aforos diferenciados:1. Actividades académicas y empresariales → 150 personas2. Salones de eventos sociales: → 30 personas3. Lugares de culto → 200 personas4. Bares → 25% capacidad5. Hoteles de más de 100 habitaciones → 75% capacidad6. Parques Nacionales (salvo Volcán Poás) → 50% capacidad7. Playas: 6:00 pm

Los establecimientos con permiso sanitario de funcionamiento de atención al público continuarán funcionando en horario de 5:00 am a 9:00 pm.

Asimismo, se recordó que todas las instituciones públicas del país deben maximizar las medidas de teletrabajo, bajo un plan básico de funcionamiento de actividades presenciales que no supere el 20% de personal presencial.

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